Os paso un documento donde podéis ver la ordenanza para la Inspección Técnica de Edificios en Alcobendas
http://portal.alcobendas.org/recursos/d ... 119647.pdf
1. Los edificios con una antigüedad superior a 50 años, salvo que las Comunidades Autónomas fijen distinta antigüedad en su normativa, destinados preferentemente a uso residencial situados en los municipios señalados en la disposición adicional tercera, deberán ser objeto, en función de su antigüedad, de una inspección técnica periódica que asegure su buen estado y debida conservación
http://es.wikipedia.org/wiki/Inspecci%C ... ficaciones
http://portal.alcobendas.org/recursos/d ... 119647.pdf
1. Los edificios con una antigüedad superior a 50 años, salvo que las Comunidades Autónomas fijen distinta antigüedad en su normativa, destinados preferentemente a uso residencial situados en los municipios señalados en la disposición adicional tercera, deberán ser objeto, en función de su antigüedad, de una inspección técnica periódica que asegure su buen estado y debida conservación
http://es.wikipedia.org/wiki/Inspecci%C ... ficaciones